Empresas de autopartes podrían pagar más impuesto sobre la renta por su operación de maquila en México

Si bien el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2022 aprobado no incrementó la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar por las personas morales, sí contiene una modificación cuyo efecto práctico será que muchas empresas de autopartes mexicanas paguen más ISR por la operación de maquila que realizan.


En México operan un gran número de empresas cuya actividad consiste en importar temporalmente insumos y consumibles para elaborar o “maquilar” autopartes por cuenta de su “principal” en el extranjero. Estas empresas maquiladoras sólo perciben ingresos gravados en México por la prestación del servicio de maquila, mientras que el ingreso por la venta de las autopartes que producen se grava en la jurisdicción del principal en el extranjero, situación que no satisface a las autoridades fiscales mexicanas.


Hasta 2021, las maquiladoras podrán determinar el ISR a su cargo bajo alguno de los siguientes dos métodos: (i) el de utilidad fiscal mínima o “Safe harbor” o (ii) de acuerdo al margen de utilidad específica pactado con las autoridades fiscales en una resolución particular conocida como “Acuerdo de Precios Anticipados” o “Advance Pricing Agreement” (APA). Mientras que el “safe harbor” es un método rígido, el APA busca reflejar la situación, características y condiciones específicas de cada maquiladora.


Sin embargo, a partir del ejercicio fiscal 2022 se elimina el APA como método para determinar el monto del ISR a pagar (art. 182 de la LISR). Por tanto, todas las empresas maquiladoras del país tendrán que determinar y pagar el ISR a su cargo bajo el “Safe harbor”, es decir, utilizando como base gravable la utilidad fiscal que resulte mayor de aplicar el 6.9% sobre el valor total de los activos utilizados y el 6.5% sobre el monto de los costos y gastos de operación. En las empresas intensivas en capital, común denominador de las empresas de autopartes, la aplicación de este método generalmente resulta en el pago de ISR muy superior del que se pagaría bajo un APA.


Se trata de una modificación muy relevante que seguramente incidirá en las empresas de autopartes, y en las de otros sectores, que habían venido tributando bajo un APA. Por tanto, sugerimos evaluar de inmediato el impacto de esta modificación en la operación de la empresa e identificar los mecanismos de mitigación correspondiente, incluida la validez y destino de las resoluciones particulares en proceso.


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