Sexta extensión en la suspensión de las actividades de la Comisión Federal de Competencia Económica y sus procedimientos

El Pleno de la Comisión, en su sesión celebrada el 25 de junio, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio,1 acordó que el periodo inicial (23 de marzo al 17 de abril), el segundo periodo (20 de abril al 30 de abril), el tercer periodo (6 de mayo al 29 de mayo), el cuarto periodo (1° de junio al 12 de junio) y el quinto periodo (15 de junio al 30 de junio) de suspensión de términos serán extendidos. En este sentido y a partir del 1 de julio del presente año, todos los plazos y términos serán suspendidos hasta el 10 de julio de 2020, exceptuando aquellos procedimientos relacionados con el control de concentraciones y los procedimientos para la emisión de opiniones o resoluciones en el otorgamiento de licencias, concesiones, permisos y análogos.


Adicional a lo anterior, los procedimientos para los cuales los términos continuaran corriendo con normalidad son: (i) las solicitudes de opinión formal; (ii) las orientaciones generales; (iii) las opiniones previstas en el artículo 12 de la Ley Federal de Competencia Económica (la “Ley”), fracciones XII, XIII, XIV, XV y XVIII; (iv) las consultas públicas; (v) el programa de inmunidad; (vi) el beneficio de dispensa o reducción del importe de las multas; (vii) la etapa posterior a la conclusión de las investigaciones por prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas; (viii) los plazos para que el Pleno emita una resolución en cualquier procedimiento, bajo ciertas condiciones; (ix) el trámite y diligencias necesarias para desahogar las pruebas que se hubieran ordenado, siempre y cuando dicho desahogo implique únicamente la presentación de documentos; (x) en procedimientos incidentales o seguidos en forma de juicio, la citación para alegatos, los plazos para presentar alegatos; y (xi) las actuaciones tendientes al desahogo de la audiencia oral prevista en el artículo 83, fracción VI de la Ley.


Todas las promociones presentadas ante la Comisión durante el primero, segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto periodos de suspensión y que no estén relacionadas con los procedimientos arriba señalados, se tendrán por presentados el 13 de julio. 


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