Actualización: Disposiciones de carácter general relativas a las interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

El 4 de junio de 2020, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la “CNBV”), a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) las “Disposiciones de carácter general relativas a las interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera” (las “Disposiciones”).


Las Disposiciones prevén las reglas aplicables para el establecimiento de interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas (Application Programming Interface) (“API”), con el fin de compartir datos e información, para aquellos sujetos obligados en términos del artículo 76 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, salvo por las cámaras de compensación y sociedades de información crediticia, quienes se regirán por las disposiciones que por su parte expida Banco de México.


Las Disposiciones definen (i) quienes son los sujetos obligados que deberán obtener la autorización de la CNBV para el establecimiento y funcionamiento de las APIs, ya sea porque soliciten el acceso a la información (“Solicitantes de Datos”) u otorguen dicho acceso a los solicitantes (“Proveedores de Datos”); (ii) los requisitos con los que deberán cumplir para obtener la autorización de la CNBV para el establecimiento y funcionamiento de las APIs; (iii) el procedimiento para la autorización y registro de las contraprestaciones por el uso de las APIs para obtener datos e información; y (iv) los programas de regularización aplicables a los sujetos que incumplan con las Disposiciones.


Finalmente, es importante resaltar que las Disposiciones solo regulan el intercambio de información no confidencial, y que los datos a los que se hace referencia son aquellos definidos en la Ley como Datos Financieros Abiertos, los cuales únicamente contienen información de productos y servicios que se ofrecen al público en general, como lo es la ubicación de oficinas y sucursales, así como de información de cajeros automáticos, entre otra.


Las Disposiciones entraron en vigor el 5 de junio de 2020.


En Von Wobeser y Sierra, S.C., contamos con abogados especializados con un amplio conocimiento de la legislación aplicable al sector FinTech, por los que estamos a sus órdenes en caso de tener alguna duda o inquietud respecto a estos u otros temas. 


Para obtener información adicional, contactar a nuestros expertos:


Luis Burgueño, Socio: +52 (55) 5258 1003 | lburgueno@vwys.com.mx


Santiago Barraza, Asociado: +52 (55) 5258 1027 | sbarraza@vwys.com.mx