La reforma al artículo 123 constitucional establece una jornada laboral máxima de 40 horas semanales, incorpora nuevas reglas de tiempo extraordinario y prevé una reducción gradual de la jornada entre 2027 y 2030.
El 3 de marzo de 2026 se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reducción de la jornada laboral. El Decreto entró en vigor el mismo día de su publicación.
La reforma establece una jornada laboral máxima de 40 horas semanales y mantiene el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar, por cada seis días de trabajo, de al menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
Asimismo, dispone expresamente que la reducción de la jornada no podrá implicar una disminución de sueldos, salarios ni prestaciones.
La implementación de la jornada de 40 horas será gradual. A partir del 1 de enero de 2027, el máximo semanal se reducirá en dos horas por año conforme al siguiente calendario:
• 2026: 48 horas semanales.
• 2027: 46 horas semanales.
• 2028: 44 horas semanales.
• 2029: 42 horas semanales.
• 2030: 40 horas semanales.
La reforma también establece un nuevo esquema de tiempo extraordinario. El trabajo extraordinario no podrá exceder de 12 horas semanales y podrá distribuirse en hasta cuatro horas diarias durante un máximo de cuatro días dentro de la misma semana.
Las primeras 12 horas extraordinarias se pagarán con un 100% adicional sobre el salario correspondiente a las horas ordinarias. Las horas que excedan dicho límite deberán cubrirse con un 200% adicional.
Asimismo, se incorpora expresamente en el texto constitucional la prohibición de que las personas menores de edad laboren tiempo extraordinario.
El Congreso de la Unión contará con un plazo de 90 días para realizar las reformas y adecuaciones necesarias a la Ley Federal del Trabajo.
Para los empleadores, la transición hacia la jornada de 40 horas hace recomendable revisar con anticipación las estructuras actuales de jornadas y turnos, contratos individuales y colectivos, políticas internas, reglamentos y procesos operativos, así como evaluar el impacto de los nuevos límites en la organización del trabajo y los costos de nómina.
Una planeación gradual permitirá identificar los ajustes laborales y operativos necesarios para acompañar la reducción progresiva de la jornada y cumplir oportunamente con las disposiciones que resulten aplicables.
Para consultar la publicación en el Diario Oficial de la Federación:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5781417&fecha=03/03/2026#gsc.tab=0