Las disposiciones establecen obligaciones para que los empleadores identifiquen riesgos asociados al trabajo de pie, proporcionen asientos adecuados e implementen medidas preventivas de carácter ergonómico.
Las nuevas disposiciones establecen los requisitos mínimos que deberán observar los empleadores para proporcionar un número suficiente y un tipo adecuado de asientos o sillas con respaldo a las personas trabajadoras que realizan sus actividades de pie, particularmente en los sectores de servicios, comercio, establecimientos análogos e industriales, cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
El marco también contempla obligaciones para las personas trabajadoras y establece medidas específicas para prevenir riesgos derivados de permanecer de pie durante periodos prolongados.
Entre las principales obligaciones para los empleadores se encuentran:
• Identificar y analizar los riesgos asociados con las actividades que se realizan de pie, conforme a los criterios previstos en las disposiciones.
• Documentar los riesgos y las medidas preventivas en las actas de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.
• Determinar el nivel de riesgo conjuntamente con dicha Comisión, de acuerdo con los parámetros establecidos.
• Proporcionar asientos o sillas con respaldo adecuados, considerando criterios ergonómicos como altura, soporte lumbar, descansabrazos y reposapiés, según corresponda.
• Implementar medidas preventivas, incluyendo la alternancia de tareas para facilitar cambios de postura, el uso de calzado ergonómico y el establecimiento de periodos de descanso durante la jornada laboral.
• Canalizar a atención médica a las personas trabajadoras que presenten molestias o síntomas relacionados con el trabajo de pie.
Las disposiciones entraron en vigor el 17 de julio de 2025. Por ello, los empleadores sujetos a estas obligaciones deberán revisar sus puestos de trabajo, evaluaciones de riesgo, medidas ergonómicas y documentación interna para asegurar su cumplimiento, en conjunto con las obligaciones aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
La publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación puede consultarse en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5763187&fecha=17/07/2025#gsc.tab=0