Reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor en materia de responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet
La Cámara de Diputados aprobó modificaciones al régimen de responsabilidad de los proveedores de servicios de internet por infracciones a derechos de autor cometidas por sus usuarios. La iniciativa está pendiente de revisión en el Senado.
El 7 de octubre de 2026, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) que modifica las condiciones bajo las cuales los proveedores de servicios de internet pueden quedar exentos de responsabilidad por infracciones a derechos de autor cometidas por sus usuarios. El proyecto fue turnado al Senado de la República para su discusión, por lo que aún no se encuentra vigente.
Entre los principales cambios se encuentran la obligación de los proveedores de acceso a internet de establecer políticas para terminar el servicio a usuarios reincidentes y la incorporación de supuestos de responsabilidad secundaria cuando los proveedores contribuyan a las infracciones o se beneficien directamente de ellas, bajo determinadas condiciones.
La iniciativa también contempla sanciones administrativas de hasta 40,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), así como multas adicionales en caso de persistencia de la infracción.
La reforma deberá ser discutida y votada por el Senado. De aprobarse sin modificaciones, será enviada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entraría en vigor 180 días naturales después de su publicación.

