Entran en vigor los lineamientos para la migración voluntaria de permisos legados al régimen eléctrico vigente
Los Lineamientos establecen un procedimiento temporal y voluntario para migrar permisos de autoabastecimiento y cogeneración, así como sus contratos y Centros de Carga asociados, a las figuras previstas en la Ley del Sector Eléctrico.
El 18 de junio de 2026 entraron en vigor los Lineamientos emitidos por la Secretaría de Energía para regular la migración voluntaria y expedita de permisos de autoabastecimiento y cogeneración otorgados bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, así como de los contratos, convenios y Centros de Carga asociados.
El procedimiento contempla criterios de simplificación administrativa, continuidad operativa y coordinación entre la SENER, la Comisión Nacional de Energía, el CENACE y la CFE. Entre sus principales elementos se encuentran la posibilidad de migrar Centrales Eléctricas y Centros de Carga a distintas modalidades bajo la Ley del Sector Eléctrico, la integración de sistemas de almacenamiento en determinados proyectos renovables y reglas específicas para la formalización de nuevos contratos de interconexión o conexión.
Los Lineamientos también establecen requisitos técnicos y operativos, límites a modificaciones de capacidad, mecanismos para la exclusión de Centros de Carga y un calendario detallado para cada etapa del procedimiento. La manifestación de interés debe registrarse entre el 19 de junio y el 18 de septiembre de 2026, mientras que las solicitudes de migración deberán presentarse entre el 21 de septiembre y el 16 de octubre de 2026.
La implementación de la migración requiere una coordinación regulatoria, técnica y contractual cuidadosa, particularmente para preservar la continuidad de las operaciones y completar la transición al Mercado Eléctrico Mayorista o al esquema de suministro que corresponda.





