Ejecutivo envía a la Cámara de Diputados Iniciativa de Reforma en Materia de Hidrocarburos

El pasado 26 de marzo de 2021, el Ejecutivo Federal remitió a la Cámara de Diputados una “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos”.


La presente iniciativa busca reformar los artículos 51, 53 párrafo segundo, 56 fracción XI y 57, así como adicionar una fracción XII al artículo 56, el artículo 59 Bis; y un párrafo segundo a la fracción II del artículo 86 de la Ley de Hidrocarburos. El objeto de la iniciativa es, en términos generales, el siguiente:


1.- Establecer que los permisos que se otorguen a Petróleos Mexicanos, a otras Empresas Productivas del Estado y a particulares, estén sujetos a que se demuestre que se cuenta con la capacidad de almacenamiento determinada por la Secretaría de Energía.


2.- Modificar el régimen de la expedición de los permisos otorgados por la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de que, para el supuesto en el que haya transcurrido el plazo fijado para la expedición de un permiso sin que exista resolución expresa por la autoridad competente, en lugar de que se presuma que el permiso ha sido otorgado, se entienda que la respuesta de la autoridad es en sentido negativo para el solicitante. Esto es, se introduce la figura de la negativa ficta.


3.- Modificar el régimen de sanciones, a efecto de complementar las sanciones monetarias previstas mediante la imposición de la revocación del permiso de operación a todos los sujetos que reincidan en la ejecución de las siguientes conductas:


a. El incumplimiento de las disposiciones aplicables a la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos; y


b. La modificación de las condiciones técnicas de sistemas, ductos, instalaciones o equipos sin la autorización correspondiente.


4.- Facultar a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía para revocar los permisos expedidos cuando los titulares de los mismos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, y éste haya sido determinado por resolución firme de la autoridad competente.


5.- Facultar a las autoridades correspondientes a suspender de manera temporal los permisos expedidos en los términos establecidos por la Ley de Hidrocarburos, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.


Asimismo, la iniciativa establece que la autoridad que haya emitido el permiso correspondiente podrá hacerse cargo de la administración y operación del permisionario, así como utilizar al personal que el permisionario venía utilizando, contratar a un nuevo operador o una combinación de éstas. Adicionalmente, se establece que, para la continuidad en la operación, la autoridad podrá contratar a Empresas Productivas del Estado para el manejo y control de las instalaciones objeto de una suspensión, ocupación temporal o suspensión.


La suspensión mencionada tendrá la duración que la propia autoridad determine. Sin embargo, se establece que el permisionario inconforme con la continuidad de la suspensión podrá solicitar su terminación cuando demuestre que las causas de dicha suspensión han cesado, “siempre y cuando la causa no tenga origen en un acto ilícito en la comercialización y/o Transporte o alteración de los componentes del combustible.”


Dentro de los artículos transitorios de la iniciativa se establecen, entre otras cosas, que: (i) la autoridad competente procederá con la revocación de aquellos permisos que, a la fecha de la entrada en vigor del Decreto que se propone, incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la Secretaría de Energía; y (ii) a la entrada en vigor de dicho Decreto se revocarán los permisos respecto de los cuales se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.


De igual forma, en el transitorio tercero se establece que “aquellos permisionarios que pudieran ser perjudicados en su esfera jurídica y sus derechos, podrán solicitar en el marco de la normatividad de la materia correspondiente, el pago de las afectaciones correspondientes.”


Recomendamos a nuestros clientes y amigos revisar su situación y el estado actual en relación con el cumplimiento de sus permisos, ya que con el nuevo régimen de sanciones, revocaciones y suspensiones de permisos que se propone a través de la mencionada iniciativa, es vital que los permisionarios se encuentren al día en el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones. Asimismo, consideramos que existen argumentos para sostener que algunas de las disposiciones establecidas en la reforma generan inseguridad jurídica, y que son inconstitucionales y violatorias de tratados internacionales. Los permisionarios deben considerar sus opciones en lo que respecta a medios de defensa domésticos – amparos – e internacionales.


En Von Wobeser contamos con un Grupo de Industria enfocado a la industria de Energía y Recursos Naturales con especialistas en las áreas más relevantes del sector (incluyendo Petróleo y Gas, Litigio Arbitraje, entre otras) listos para asesorarlos para analizar su situación actual, a efecto de cumplir con todas sus obligaciones, establecer medidas dirigidas a mitigar los riesgos derivados de la iniciativa que plantea el Ejecutivo, así como para iniciar cualquier acción encaminada a proteger los derechos de los permisionarios.


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