Actualización: Resolución por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para cumplir con obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero

El 20 de mayo de 2020 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) publicó la “Resolución por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para informar la integración y cambios del comité de comunicación y control, la designación y revocación del oficial de cumplimiento, representante u oficial de cumplimiento interino; la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, así como la transmisión de acciones por más del dos por ciento del capital social pagado, según corresponda, contemplados en las disposiciones de carácter general que se indican” (la “Resolución”) en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.


La Resolución establece los formatos y medios para que los sujetos obligados en materia de prevención de lavado de dinero, de conformidad con las diversas disposiciones administrativas de carácter general (las “Disposiciones”), incluyendo casas de bolsa, casas de cambio, transmisores de dinero, almacenes generales de depósito, instituciones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades financieras de objeto múltiple, y asesores en inversiones (los “Sujetos Obligados”), cumplan con sus obligaciones de notificación e información a la SHCP, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la “Comisión”).


Dichas obligaciones incluyen la notificación a la SCHP, por conducto de la Comisión, sobre: (i) la integración y cambios de su Comité de Comunicación y Control; (ii) la designación o revocación del Oficial de Cumplimiento, Representante, u Oficial de Cumplimiento Interino, según corresponda; (iii) la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control sobre él; y (iv) cualquier transmisión de sus acciones o partes sociales equivalente a más del 2% (dos por ciento) de su capital social pagado; así como distintos datos de identificación relativos a dicha integración, cambios, designaciones, revocaciones, y transmisiones, y a las personas involucradas en los mismos.


El formato oficial que deberá utilizarse para presentar la información antes referida, así como las especificaciones para su llenado y envío, estarán disponibles en el apartado de “avisos” del sitio web correspondiente al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI PLD/FT) con el que cuenta la Comisión como supervisor en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y prevención de financiamiento al terrorismo.


Cada Sujeto Obligado deberá presentar la información referida por medio de su Oficial de Cumplimiento, Representante, u Oficial de Cumplimiento Interino, según corresponda, a partir del 1 de junio de 2020 y conforme a los términos previstos en las Disposiciones que le sean específicamente aplicables, pudiendo enviar cada formato oficial completo una sola vez y sin posibilidad de modificarlo con posterioridad.


Estaremos al pendiente de este tema y les mantendremos informados sobre el particular.


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